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Derecho a la Salud:
La obligación de su protección y satisfacción, por parte del Estado y de las entidades y empresas prestadoras de servicios de salud
Por Flavio Lowenrosen
"El derecho a la salud es insito, intrínseco, a la naturaleza humana, y su reconocimiento, tutela y protección no depende de la voluntad de los funcionarios, ni de las empresas, sino que responde al hecho que –el administrado- tiene el derecho subjetivo a que se le reconozca y brinde ese derecho."
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Términos mencionados en esta doctrina: derecho, administrado, protección, empresas.